La CNMC y REE pagarán a las eléctricas el mínimo por reponer el suministro tras el apagón

Las compañías eléctricas que restituyeron el suministro durante el histórico apagón del 28 de abril cobrarán, por ahora, lo mínimo que permite la normativa. Así lo ha determinado la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), según la comunicación oficial enviada por Red Eléctrica de España (REE) a los agentes del mercado el pasado 5 de junio.

En dicha misiva, REE confirma que, tras su consulta a la CNMC sobre cómo liquidar los servicios prestados durante los días de suspensión del mercado, el regulador ha respondido con claridad: el operador del sistema deberá aplicar lo dispuesto en el apartado 5.1 del Procedimiento de Operación 3.9 (PO 3.9), que establece un sobrecoste del 15% sobre el precio base. Es decir, se pagará a los generadores 1,15 veces el precio de referencia o, si este fuera negativo, el precio correspondiente al mes anterior.

Esto implica que, pese al esfuerzo técnico y económico de las centrales hidroeléctricas y los ciclos combinados que entraron de urgencia para evitar un colapso del sistema eléctrico nacional, el reconocimiento económico será, de momento, limitado. Tal y como ya contó El Periódico de la Energía, varias de estas instalaciones operaron en condiciones claramente deficitarias durante el apagón, ofreciendo electricidad a pérdidas para evitar un desastre mayor.

Informe detallado

No obstante, la liquidación no es definitiva. La CNMC ha pedido a REE que remita un informe detallado sobre cómo se ejecutó la reposición del suministro: qué tecnologías intervinieron, qué cantidades de energía se inyectaron en el sistema y cuál fue el coste real del servicio prestado. Este análisis permitirá valorar si el pago actual debe ajustarse a la realidad técnica y económica del esfuerzo realizado por los operadores.

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De acuerdo con la comunicación, REE ha comenzado ya a republicar los ficheros de liquidación de los días 28 y 29 de abril, y la liquidación provisional de abril —que se avanzará el 3 de julio y cerrará el 9 del mismo mes— incluirá ya estos pagos iniciales según la normativa vigente.

Mecanismos

Los ciclos combinados, que arrancaron rápidamente sus turbinas de gas para generar electricidad en condiciones críticas, y las centrales hidráulicas, que liberaron caudales sin esperar retribución acorde al coste de oportunidad, fueron claves en evitar un colapso generalizado. Sin embargo, las reglas actuales del mercado no contemplan mecanismos automáticos para remunerar adecuadamente este tipo de actuaciones en tiempos de crisis.

La aplicación automática del multiplicador 1,15, sin tener en cuenta los costes incurridos por las centrales activadas de urgencia, supone una retribución muy inferior al precio real de mercado en condiciones normales. En un sistema donde las tecnologías de respaldo —como el gas y la hidráulica— tienen altos costes de operación, pagarles un precio artificialmente bajo podría desincentivar futuras intervenciones de este tipo.

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El informe que ahora debe elaborar Red Eléctrica será clave para resolver este dilema. Si el documento demuestra que los precios fijados por las centrales estaban por encima de los baremos ahora liquidados, la CNMC podría autorizar una retribución mayor. En caso contrario, las compañías deberán asumir las pérdidas.

La situación ha reabierto el debate sobre la suficiencia del marco regulatorio para cubrir emergencias eléctricas. El actual PO 3.9, pensado para dar cobertura a la operación del sistema en casos excepcionales, establece unas reglas generales que no siempre se adaptan al coste real de la energía de respaldo.

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